Cubrebocas ya no es obligatorio en aeropuertos y aviones en México

El cubrebocas ya no es obligatorio en aeropuertos y aviones en México, estableció este miércoles la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC).
Por medio de sus redes sociales AFAC emitió un comunicado en el que manifestó que ya no tiene efecto el “Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos Técnicos Específicos para la Reapertura de las Actividades Económicas”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2020.
Asimismo, el texto señala que el Comité de Nueva Normalidad, conformado por las Secretarías de Salud, Economía, Trabajo y Previsión Social (STPS), y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), a través del acuerdo secretarial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de octubre de 2022, así como en el sitio oficial www.coronavirus.gob.mx, actualizó los “Lineamientos para la Continuidad Saludable de las Actividades Económicas ante COVID-19”, por el que se establecen las medidas específicas que se deberán implementar en el marco de la estrategia general para la Nueva Normalidad para lograr un retorno o la continuidad de las actividades laborales de manera segura y responsable.
El referido documento instituye entre otros aspectos, las pautas para la utilización de cubrebocas en espacios abiertos y cerrados, haciendo énfasis en la búsqueda de la modificación de hábitos que lleven a la reducción de riesgos de contagio entre la población; por lo que sugiere “conservar el uso de cubrebocas en espacios cerrados que no se encuentren ventilados o cuenten con poca ventilación”.



Debido a ello, y “considerando que los ambulatorios y salas de última espera en las instalaciones aeroportuarias constituyen espacios amplios y suficientemente ventilados, en tanto que las aeronaves utilizan un sistema de filtración de alta eficiencia (HEPA) que elimina el 99.9% de macropartículas, bacterias y virus, es por lo que se informa que a partir de esta fecha y hasta en tanto las autoridades sanitarias no modifiquen los protocolos sanitarios inherentes al uso de cubrebocas, se informa que para las instalaciones aeroportuarias y en las cabinas de pasajeros de las aeronaves, el uso del cubrebocas no será obligatorio”.
El comunicado finaliza con la siguiente consideración: “sin embargo, los concesionarios y permisionarios del transporte aéreo de servicio al público y aeroportuarios, para los casos en que se detecte en alguna persona o grupo de personas con algún síntoma relacionado con el SARS-CoV-2 (COVID-19) o síntomas de enfermedades respiratorias, deberán recomendar el uso de cubrebocas, para prevenir cualquier infección y/o contagio hacia otras personas, y tener siempre disponible una cantidad suficiente de mascarillas para que se proporcionen y utilicen en caso de ser necesario”